En defensa de los derechos fundamentales en internet

Filed Under (Desde la ignorancia) by Gurk on 02-12-2009

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que:

1. Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2. La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3. La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4. La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5. Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6. Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7. Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8. Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red, en España ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9. Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10. En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas.No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

El Despertanator

Filed Under (Desde la ignorancia) by Gurk on 28-10-2009

3 de cada 5 veces, por poner una escala, pego un buen salto cuando suena mi despertador. No tiene una sirena de incendios como alarma, pero el bote que pero es evidente que es porque mi cuerpo no se espera esta clase de ruido y reacciona como debe hacerlo. Comprensible.

¿Pero es este sobresalto bueno para el cuerpo? Está claro que sin el despertador no podríamos aprovechar nuestra esclavizada vida laboral. Supuestamente durante el sueño pasamos por distintas etapas de sueño donde en un par de ellas, si no me equivoco, estamos en un sueño profundo donde es más complicado despertarnos y es cuando el cuerpo está en mejores condiciones de descanso. Y de repente, PAM! HAHA! Una alarma te despierta de ese momento de descanso. ¿Qué efectos tiene que producir esto en el cuerpo?

Estoy completamente seguro que esta forma de despertarnos es lo que más nos cansa en el día a día, no el haber domado poco o en mala postura. Que el cuerpo reaccione de esta forma no puede ser sano, todo el cuerpo se pone en tensión y por supuesto, depuse del tortazo al despertador, siempre caen un par de juramentos, uno para el despertador y otro por la hora que es.

Tengo entendido que una buena forma de evitar esto es conseguir un despertador cuya alarma sea muy bajita, o que sea una radio con el volumen muy bajo, de esta forma despertaremos cuando el cuerpo entre en una de las fases donde un ruido de ese calibre nos haga despertar, haciendo que el cuerpo despierte de una forma algo más natural.

Desgraciadamente a los jefes no les interesa esto, como consecuencia, el cuerpo se acostumbra a despertarse con ese ruido. ¿Seguro? Yo diría que lo que hace el cuerpo es adaptar su reloj para despertar antes que esa alarma para evitarlo. O acaso no llega un momento que la mayoría de las veces te despiertas poco o justo antes de que suene el aparato. Convencido estoy que el cuerpo se tenga que adaptar a esta situación es peor aun para nosotros.

Pero, ajo y agua. Por supuesto, esto lo digo desde la ignorancia que tanto cruce de cable me permite tener.

Mis Copyrigths

Filed Under (Desde la ignorancia) by Gurk on 10-10-2009

Hablando desde la ignorancia.

Copyright es algo que todos hemos oído. Según tengo entendido es el derecho a copia. Traducción literal. Y esto viene a cuento de cuando empezó el tema de la imprenta y la copia en masa de libros y textos. Un escritor iba a una editorial y este realizaba sus tareas, pero otra editorial cogía ese libro y hacia sus propias copias. Como esa otra editorial no tenía que pagarle nada al autor original ya que no tenían ningún «contrato» establecido con ellos, sus ganancias eran mayores incluso con precios inferiores y los dos afectados se quedaban a dos velas.

Así pues apareció el derecho a copia, que únicamente (según creo desde mi ignorancia), el autor de una obra tendrá el derecho de copia y distribución de su obra. Y a partir de este derecho poder realizar algún trato con distribuidoras para que pongan varias de sus unidades en venta. Y este derecho a copia y puesta en venta no lo podrá realizar ninguna otra compañía.

Con esto quiero entender que, yo puedo hacerme mi propia copia y quedármela sin ninguna pega ya que no tengo intención de realizar más copias y distribuirlas para obtener un beneficio económico por la cara. Lo que hacemos con el P2P, vamos.

Por otro lado, yo no puedo hacerme con mi propio derecho de copia, es decir, copyright, ya que debo abonar una cantidad de dinero para que se registre que soy el autor original del producto. Con esto quiero entender que cualquier cosa original que tú hagas, no tendrás ningún poder sobre él para que otros lo copien o distribuyan a su placer. Por lo que eso de ponerte el iconito del Copyright por la cara para hacer bonito, no estaría bien. Aquí entraría el derecho de autor, que según he leído en la Wikipedia, ésta está sujeta al Copyright de alguna forma. Cuando creas algo, automáticamente entra como derecho de autor, pero a partir de ahí ya no se mas. ¿Tendría el mismo derecho para copia, distribución y beneficios? ¿ Tendré obligación de pagar mi Copyright al crear mi trabajo para evitar que nadie los distribuya sin mi consentimiento?

Entonces entra el Copyleft o el Creative Commons. Aquí ya tienes tu propia libertad para hacer con tu trabajo lo que quieras, que la gente lo coja y que lo distribuya, o que se hagan copias de ellas y mas parnaferlaria que imagino ya sabéis. Entonces, el derecho de autor ya no está tan ligado al Copyright como nos quieren decir.
¿No?

Bendita ignorancia.

Terranigma
The Gurkito Style Rss